Visto n' Visa

¿Qué tarifas obligatorias paga el empleador?

En la H-1B, tarifas como registro/petición, capacitación (ACWIA) y prevención de fraude son responsabilidad del empleador y no pueden trasladarse al trabajador. Los montos cambian; confirme las cifras actuales en el USCIS.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 13/07/2026
1 min de lectura
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En la visa H-1B, algunas tarifas son responsabilidad exclusiva del empleador. La ley estadounidense prohíbe trasladar estos costos al profesional contratado, precisamente porque el patrocinio es una obligación de la empresa.

Los cargos que suelen recaer sobre el empleador incluyen:

  • La tarifa de registro y presentación de la petición (registration/filing).
  • La tarifa de capacitación, conocida como ACWIA, cuyo monto varía según el tamaño de la empresa.
  • La tarifa de prevención y detección de fraude.
  • Una tarifa adicional aplicable a ciertos empleadores de mayor tamaño, según el perfil de su fuerza laboral.

Además de estas, la empresa puede optar por el procesamiento premium, un servicio de pago adicional que acelera el análisis y no es obligatorio.

Los montos, los rangos y los criterios de cada tarifa cambian con frecuencia, por lo que no trabaje con estimaciones: consulte las cifras actualizadas directamente en la fuente oficial (USCIS) o con un especialista antes de calcular el costo total del proceso.

Aprende más sobre el H-1B

Validez inicial
3 años
Extensión
Hasta 6 años total
Cupo anual
85.000 visas
Procesamiento
6-12 meses
Todo sobre H-1B

Sobre el autor

Victoria Harper

Editora en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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