Como regla general, no. La visa L-1 fue concebida para que el profesional transferido actúe de manera efectiva en las operaciones de la empresa en los Estados Unidos. La lógica de la visa es una contribución directa y presencial a la unidad estadounidense, no la dirección a distancia desde otro país.
Eso no significa que cualquier viaje o actividad en el exterior esté prohibido. Es natural que un ejecutivo tenga compromisos fuera de EE. UU. de vez en cuando. El punto sensible es otro: si el núcleo del trabajo y las decisiones relevantes comienzan a ocurrir fuera del país, eso puede debilitar la base que justificó la visa.
Dirigir la empresa íntegramente de forma remota mientras usted vive en otro país suele generar cuestionamientos sobre el cumplimiento de las condiciones de la visa L-1. La falta de presencia y actuación efectivas en EE. UU. puede afectar negativamente el mantenimiento de su estatus.
Como este es un punto de interpretación que depende de los detalles de cada caso, vale la pena verificar las reglas actualizadas en las fuentes oficiales y buscar orientación especializada antes de establecer un esquema muy basado en trabajo remoto desde el exterior.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.