En general, no. La L-1 fue creada para la transferencia de empleados entre empresas del mismo grupo corporativo, es decir, que comparten una relación jurídica interna, como matriz, sucursal, subsidiaria o afiliada. No está destinada a quienes desean trabajar en sociedad con otra empresa de forma independiente.
Para calificar para la L-1, es necesario demostrar un vínculo laboral previo con una empresa en el exterior que mantenga esa relación calificada con la unidad que recibirá al profesional en los Estados Unidos. Una simple asociación comercial, sin lazos de propiedad, control o interdependencia formal, no cumple con este requisito.
- Aplica para transferencias dentro del mismo grupo corporativo.
- Requiere una relación de propiedad o control entre las empresas.
- No cubre colaboraciones entre empresas que sean únicamente socias comerciales.
Si el objetivo es trabajar en sociedad sin esa estructura corporativa, probablemente será necesario evaluar otras categorías de visa. Vale la pena estructurar el proyecto conforme a las normas vigentes y revisar las orientaciones oficiales del USCIS o consultar con un especialista antes de actuar.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.