Por lo general, no. El simple cambio de escuela de sus hijos no es algo que deba comunicarse al USCIS. El sistema migratorio se ocupa de los cambios de domicilio, de estatus y de empleo, no de a qué escuela asiste el niño.
La excepción importante ocurre cuando el cambio de escuela viene acompañado de un cambio de domicilio. En ese caso, lo que genera la obligación no es la escuela en sí, sino el nuevo domicilio: quien se encuentra bajo un estatus migratorio debe informar al USCIS sobre el cambio de dirección dentro del plazo legal establecido para ello.
- Solo cambió de escuela, mismo domicilio: nada que comunicar al USCIS.
- Cambió de escuela y de domicilio: debe actualizar su dirección ante el USCIS.
Si tiene dudas sobre qué aplica a su caso, le recomendamos revisar las orientaciones oficiales del USCIS o consultar con un especialista para confirmar el plazo vigente para la actualización de domicilio.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.