En general, sí: quien tiene una visa H-1B puede trabajar en home office, pero con una condición importante. El trabajo remoto debe ser coherente con los términos aprobados en la petición y en la certificación laboral (LCA), que definen, entre otras cosas, el lugar donde se ejercería la actividad.
El punto sensible es el cambio de lugar de trabajo. Si la dirección aprobada es diferente a aquella en la que comenzará a trabajar, como una dirección residencial, puede ser necesario actualizar esa información ante las autoridades correspondientes. En ciertos escenarios, el empleador debe presentar una petición de enmienda para formalizar el cambio ante el USCIS.
En la práctica, es importante verificar:
- Si el home office ya está contemplado en lo aprobado en la petición y en la LCA.
- Si la nueva ubicación requiere una actualización o una enmienda formal.
- Si el cambio afecta las condiciones bajo las cuales se otorgó la visa.
Dado que los cambios en las condiciones de trabajo pueden repercutir en el estatus migratorio, lo más seguro es coordinarse con el empleador y confirmar el procedimiento actualizado con el USCIS o con un especialista antes de migrar al home office.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.