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Prohibición de Viajes de EE. UU. Afecta a 39 Países en 2026: Lista Completa

La Proclamación 10998 de Trump amplió las restricciones de entrada a EE. UU. de 19 a 39 países desde enero de 2026. Vea la lista completa y los impactos.

Escrito por

Victoria Harper

Editor en jefe

Actualizado el 24/04/2026
6 min de lectura
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Ban de Viagem dos EUA Atinge 39 Países em 2026: Lista Completa

En enero de 2026, Estados Unidos implementó una de las mayores restricciones de entrada de ciudadanos extranjeros de la historia reciente. La Proclamación Presidencial 10998, firmada el 16 de diciembre de 2025 y en vigor desde el 1 de enero de 2026, suspendió total o parcialmente la emisión de visados y la entrada de nacionales de 39 países -además de portadores de documentos de viaje emitidos por la Autoridad Palestina. La medida representa una expansión significativa del veto de viaje original, que en junio de 2025 afectaba a 19 naciones.

Para los brasileños, la información central es que Brasil no figura en ninguna de las listas. Los ciudadanos brasileños pueden seguir solicitando visados estadounidenses de todas las categorías sin las restricciones adicionales impuestas por la Proclamación 10998. Sin embargo, comprender el alcance de estas medidas es esencial para cualquier persona involucrada en procesos migratorios, especialmente familias multinacionales y empleadores con fuerza laboral internacional diversa.

Cómo Evolucionó la Medida

En junio de 2025, el gobierno de Trump utilizó la Sección 212(f) de la Immigration and Nationality Act (INA) para suspender la entrada de nacionales de 19 países, citando preocupaciones de seguridad nacional y fallas en la cooperación para el intercambio de información migratoria. La lista original incluía países como Afganistán, Irán, Libia, Nigeria, Pakistán y Rusia, entre otros.

Seis meses después, la Casa Blanca expandió dramáticamente el alcance de la medida. La Proclamación 10998 incorporó 20 nuevos países, reestructuró las restricciones en dos niveles de severidad y eliminó excepciones que existían en la versión anterior -incluyendo exenciones para reunificación familiar y adopción internacional. El resultado fue la transformación de una suspensión temporal en un régimen regulatorio más complejo y abarcador.

Suspensión Total de Visados

Los siguientes 19 países enfrentan suspensión completa de emisión de visados -tanto de inmigrante como de no inmigrante- y prohibición de entrada para sus nacionales:

  • Afganistán
  • Burkina Faso
  • Chad
  • Eritrea
  • Guinea Ecuatorial
  • Haití
  • Yemen
  • Irán
  • Laos
  • Libia
  • Mali
  • Myanmar (Birmania)
  • Níger
  • República del Congo
  • Sierra Leona
  • Somalia
  • Sudán
  • Sudán del Sur
  • Siria

Portadores de documentos emitidos por la Autoridad Palestina también están sujetos a suspensión total. Para nacionales de estos países, prácticamente todas las categorías de visado están indisponibles, con excepciones extremadamente limitadas para diplomáticos y casos de interés nacional.

Restricciones Parciales

Un segundo grupo de 20 países enfrenta restricciones parciales, que afectan específicamente visados de inmigrante (green cards familiares y basados en empleo) y determinadas categorías de visado no inmigrante -incluyendo B-1/B-2 (turismo y negocios), F (estudiante académico), M (estudiante vocacional) y J (intercambio):

  • Angola
  • Antigua y Barbuda
  • Benín
  • Burundi
  • Costa de Marfil
  • Cuba
  • Dominica
  • Gabón
  • Gambia
  • Malaui
  • Mauritania
  • Nigeria
  • Senegal
  • Tanzania
  • Togo
  • Tonga
  • Turkmenistán
  • Venezuela
  • Zambia
  • Zimbabue

Para nacionales de estos países, visados de trabajo temporal como H-1B, L-1 y O-1 siguen disponibles, ya que no están incluidos en la suspensión parcial. Sin embargo, la obtención de green cards, visados de turismo, estudio e intercambio está bloqueada hasta nuevo aviso.

Visados Afectados por Categoría

La Proclamación 10998 opera en dos niveles distintos de restricción. Para los 19 países con suspensión total, ninguna categoría de visado -inmigrante o no inmigrante- está disponible. Esto incluye green cards familiares (IR-1, CR-1, F2A), green cards por empleo (EB-1, EB-2, EB-3, EB-5), visados de trabajo (H-1B, L-1, O-1), visados de turismo (B-1/B-2) y visados de estudiante (F-1, J-1).

Para los 20 países con restricción parcial, la situación es más matizada. Visados de inmigrante de todas las categorías están suspendidos, así como visados B-1/B-2, F, M y J. Sin embargo, visados de trabajo temporal basados en petición patronal -como H-1B, L-1, O-1, P-1 y TN- continúan siendo procesados normalmente. Esto crea una situación asimétrica en la que un profesional nigeriano puede obtener un H-1B, pero no un visado de turista.

Excepciones Limitadas

A diferencia de versiones anteriores del veto de viaje, la Proclamación 10998 redujo significativamente las excepciones disponibles. Las exenciones restantes incluyen residentes permanentes legales (portadores de green card), portadores de visados válidos emitidos antes del 1 de enero de 2026, diplomáticos en determinadas categorías e individuos cuya entrada el Department of Homeland Security (DHS) determine que sirve al interés nacional de Estados Unidos.

La eliminación de la excepción para reunificación familiar y adopción internacional es uno de los cambios más impactantes. Incluso cónyuges e hijos menores de ciudadanos estadounidenses provenientes de los países con suspensión total pueden enfrentar barreras para obtener visados, dependiendo exclusivamente de la determinación de interés nacional caso por caso.

Brasil Fuera de las Listas

Brasil no está incluido en ninguna de las dos listas de la Proclamación 10998. Los ciudadanos brasileños siguen siendo elegibles para todas las categorías de visado estadounidense sin restricciones adicionales del veto de viaje. Brasileños con doble nacionalidad de uno de los 39 países listados pueden, sin embargo, verse afectados dependiendo del pasaporte utilizado en la solicitud y de las circunstancias individuales.

El 30 de marzo de 2026, el USCIS anunció el levantamiento parcial de la pausa en el procesamiento de solicitudes de asilo de solicitantes provenientes de “países no considerados de alto riesgo”, aunque la agencia no especificó qué países se encuadran en esa clasificación ni si la lista coincide con los 39 países de la Proclamación 10998.

Impactos para Familias y Empleadores

Para empleadores estadounidenses, la medida complica la contratación de profesionales de países con restricción parcial en las categorías de visado afectadas. Empresas que dependen de programas de intercambio J-1 o contratación de estudiantes internacionales F-1 provenientes de los 20 países con restricción parcial necesitan evaluar alternativas o redirigir el reclutamiento hacia otras nacionalidades.

Para familias multinacionales, el impacto es profundo. La suspensión de visados de inmigrante para los 39 países afecta directamente procesos de reunificación familiar ya marcados por listas de espera de años en el National Visa Center (NVC). Casos en trámite pueden sufrir retrasos adicionales significativos, y la ausencia de excepción familiar hace la situación particularmente restrictiva para cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses.

La Proclamación 10998 no establece un plazo definido para su finalización. El gobierno indicó que la suspensión se mantendrá hasta que los procesos de revisión sean considerados adecuados y que los países demuestren cooperación satisfactoria en el intercambio de información de seguridad. El seguimiento de las actualizaciones oficiales del Department of State y del USCIS sigue siendo indispensable para cualquier persona directa o indirectamente afectada por estas restricciones.

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Duración
Hasta 6 meses
Extensión
Posible (hasta 6 meses)
Trabajo
No permitido
Procesamiento
2-8 semanas
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Victoria Harper

Editor en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.

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