En general, sí. Los hijos adoptivos pueden acompañar al titular de la visa L-1 como dependientes L-2, del mismo modo que los hijos biológicos, siempre que la adopción esté legalmente reconocida y se cumplan las condiciones de dependencia.
El punto central es demostrar el vínculo familiar de forma legítima. Para ello, suele ser necesario presentar la documentación de la adopción debidamente formalizada y, cuando esté en otro idioma, traducida conforme a los requisitos del USCIS.
- La adopción debe estar jurídicamente formalizada y vigente.
- Documentos como el certificado de adopción deben estar en regla.
- El vínculo familiar se evalúa en cuanto a su autenticidad, como en cualquier relación de dependencia.
Dado que cada caso puede tener particularidades propias y existen condiciones específicas para hijos dependientes, conviene verificar los requisitos actualizados con el USCIS o con un especialista antes de reunir la documentación.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.