El L-1 puede afectar su situación tributaria en los Estados Unidos porque cambia la forma en que el fisco americano lo clasifica. El tema involucra tanto al profesional transferido como a la empresa, y el punto central es la residencia fiscal.
Según el tiempo de permanencia en el país, es posible que usted pase a ser considerado residente fiscal (el llamado ‘resident alien’), lo que habitualmente sujeta su renta mundial a la tributación en EE. UU., y no solo los ingresos generados en territorio americano, situación típica de quienes son tratados como ‘non-resident alien’. Además del impuesto federal, puede haber tributación estatal y local, dependiendo de dónde trabaje.
Otro aspecto es cómo se gravan los ingresos. Esto depende de la legislación fiscal estadounidense y de eventuales tratados fiscales entre los Estados Unidos y su país de origen, que pueden ayudar a evitar la doble tributación de quienes deben rendir cuentas en más de un lugar. Las reglas son complejas y varían según cada caso.
- La residencia fiscal define si la renta mundial se incluye en el cálculo.
- Puede haber impuesto federal, estatal y local.
- Los tratados entre países ayudan a evitar la doble tributación.
Como cada situación personal y profesional es única, vale la pena buscar orientación especializada con contadores o asesores tributarios y confirmar las obligaciones vigentes antes de tomar decisiones, evitando sorpresas con el fisco.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.