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EE. UU. Exigen Biometría de Todos los Extranjeros en la Entrada y Salida

Nueva regla del DHS, vigente desde diciembre de 2025, exige la recopilación de datos biométricos de todos los no ciudadanos en los puertos de entrada y salida de Estados Unidos.

Escrito por

Victoria Harper

Editor en jefe

Actualizado el 24/04/2026
7 min de lectura
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EE.UU. Exige Biometría de Todos los Extranjeros en la Entrada y Salida

Desde el 26 de diciembre de 2025, todos los extranjeros que entran o salen de Estados Unidos pueden ser sometidos a la recolección obligatoria de datos biométricos, incluyendo reconocimiento facial y huellas dactilares. La medida fue formalizada por una regla final del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), publicada en el Federal Register el 27 de octubre de 2025, que eliminó las exenciones por edad que antes dispensaban a niños menores de 14 años y adultos mayores de 79. En la práctica, el gobierno estadounidense construyó la base legal para un sistema universal de identificación biométrica aplicable en todas las fronteras del país.

Qué Determina la Regla

La regla final, titulada “Collection of Biometric Data from Aliens Upon Entry to and Departure from the United States”, autoriza a la CBP (Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza) a fotografiar a todos los no ciudadanos al entrar y salir del territorio estadounidense. Además del reconocimiento facial, que ya se utilizaba parcialmente en aeropuertos seleccionados, las autoridades pueden solicitar la recolección de huellas dactilares y otros identificadores biométricos según la necesidad operativa o de seguridad.

El principal cambio respecto a las reglas anteriores es la eliminación de todas las exenciones. Antes de la nueva regla, los niños menores de 14 años, los mayores de 79 años y la mayoría de los viajeros canadienses podían ser dispensados de la identificación biométrica. A partir de ahora, la recolección se aplica universalmente a cualquier persona que no sea ciudadana estadounidense, sin excepciones por edad, nacionalidad o categoría migratoria. La regla también elimina las referencias a programas piloto que antes limitaban la recolección biométrica a determinados puertos de entrada.

Quiénes Están Afectados

La regla abarca todas las categorías de extranjeros que cruzan las fronteras de Estados Unidos:

  • Turistas y visitantes de corta duración con visas B-1/B-2 o viajando bajo el Visa Waiver Program (ESTA)
  • Estudiantes internacionales con visas F-1 y J-1
  • Trabajadores temporales portadores de visas H-1B, L-1, O-1 y otras
  • Residentes permanentes legales (portadores de green card)
  • Diplomáticos y funcionarios de organizaciones internacionales, anteriormente exentos en determinadas circunstancias
  • Niños y ancianos de cualquier nacionalidad, sin límite mínimo o máximo de edad

Los ciudadanos estadounidenses siguen pudiendo rechazar la captura de sus fotografías durante el proceso de entrada o salida. La distinción es objetiva: la obligatoriedad de la recolección biométrica recae exclusivamente sobre personas que no poseen ciudadanía estadounidense, independientemente de su estatus migratorio permanente o temporal.

Cronograma Real

Un punto crucial que merece aclaración es la diferencia entre la fecha de vigencia legal y la implementación operativa efectiva. La CBP confirmó públicamente que el 26 de diciembre de 2025 representa un hito regulatorio: la regla entró formalmente en vigor en esa fecha, estableciendo la autoridad legal para la recolección universal de biometría. Sin embargo, esto no significa que todos los puntos fronterizos empezaron a recolectar datos biométricos de inmediato.

La agencia estima que la implementación completa del sistema biométrico de entrada y salida en todos los aeropuertos comerciales y puertos marítimos llevará de tres a cinco años. La expansión se está llevando a cabo de forma gradual, priorizando los aeropuertos internacionales con mayor volumen de pasajeros. Los puestos fronterizos terrestres y terminales de aviación general seguirán cronogramas propios, aún en fase de definición y planificación operativa.

En la práctica, los viajeros que pasan por grandes aeropuertos internacionales como JFK (Nueva York), LAX (Los Ángeles), MIA (Miami) y ORD (Chicago) ya encuentran sistemas de reconocimiento facial en operación desde hace algunos años, implementados como parte de programas piloto anteriores. Lo que la nueva regla cambia es la base legal: lo que antes era voluntario o limitado a programas experimentales ahora tiene fundamento regulatorio para convertirse en universal y obligatorio en todos los puntos de entrada y salida del país.

Objetivos Declarados

Según el DHS, la ampliación de la recolección biométrica responde a tres objetivos centrales. El primero es el combate al overstay, situación en la que un extranjero permanece en el país más allá del plazo autorizado por la visa. Con un registro biométrico de salida vinculado al de entrada, las autoridades pueden identificar con precisión quién salió del país dentro del plazo y quién lo excedió, algo que hasta ahora dependía de datos incompletos proporcionados por las aerolíneas.

El segundo objetivo es el combate al fraude documental. El reconocimiento facial permite verificar si la persona que se presenta en la frontera es efectivamente la misma que obtuvo la visa o la autorización de viaje, reduciendo el riesgo de uso de documentos falsificados, adulterados o pertenecientes a terceros.

El tercer objetivo es la seguridad nacional en sentido amplio. La integración de datos biométricos con bases de datos de seguridad e inteligencia permite identificar individuos con alertas, órdenes de arresto o restricciones antes de que completen el proceso de entrada al territorio estadounidense. El DHS afirma que el sistema también contribuye a la identificación de víctimas de trata de personas y menores no acompañados.

Privacidad y Debate Público

Organizaciones de derechos civiles y especialistas en privacidad digital han planteado preocupaciones significativas sobre la nueva regla desde su publicación. Los principales puntos de cuestionamiento incluyen la seguridad del almacenamiento de los datos biométricos recolectados, el período de retención de esta información en los sistemas gubernamentales y las condiciones en que pueden ser compartidos con otras agencias federales, estatales o gobiernos extranjeros.

El riesgo de errores de identificación es otra preocupación documentada por la comunidad científica y por organizaciones de derechos civiles. Estudios independientes han demostrado que los sistemas de reconocimiento facial presentan tasas de error más elevadas para determinados grupos demográficos, lo que puede resultar en retrasos, interrogatorios adicionales o incluso rechazos de entrada injustificados. La CBP afirma que sus sistemas mantienen una tasa de coincidencia superior al 98%, pero los críticos argumentan que incluso un margen de error del 2%, aplicado a decenas de millones de viajeros anuales, genera un número significativo de falsos positivos.

La transparencia sobre el uso de los datos también sigue siendo una cuestión abierta. No está totalmente definido si la información biométrica recolectada en la frontera puede ser utilizada para fines más allá del control migratorio, como investigaciones criminales domésticas, cooperación con agencias de inteligencia o monitoreo de movimientos de individuos dentro del territorio estadounidense tras la entrada.

Orientaciones Prácticas

Los extranjeros que planean viajar a Estados Unidos deben estar preparados para la posibilidad de recolección de datos biométricos en cualquier punto de entrada. En la mayoría de los aeropuertos internacionales que ya operan el sistema, el proceso es rápido y automatizado: cámaras capturan la imagen facial del viajero, que se compara en tiempo real con la foto del pasaporte o visa registrada en los sistemas del Departamento de Estado. El procedimiento añade solo unos segundos al proceso regular de inmigración.

Para los residentes permanentes, el cambio práctico es mínimo, ya que la mayoría ya era sometida a verificación biométrica en los puestos de control. La principal novedad es la formalización legal de la recolección en el momento de la salida del país, algo que antes se aplicaba de manera inconsistente y dependía de la disponibilidad de equipos en cada terminal.

La regla no altera requisitos de visa, no afecta la elegibilidad para ninguna categoría migratoria y no introduce nuevas tasas para los viajeros. Se trata exclusivamente de un procedimiento de identificación en la frontera, sin impacto directo sobre aprobaciones, rechazos o tiempos de procesamiento de peticiones migratorias ante el USCIS o consulados estadounidenses.

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Victoria Harper

Editor en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.

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