Técnicamente, sí. Estar en estatus L-1 no impide, por sí solo, presentar una solicitud de asilo en los Estados Unidos. Sin embargo, son dos vías jurídicas distintas, con fundamentos y requisitos propios, y es importante comprender esa diferencia antes de actuar.
El asilo es una forma de protección destinada a quienes pueden demostrar que sufrieron persecución, o tienen un temor fundado de persecución, en su país de origen, por motivos como raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a determinado grupo social. Es un proceso riguroso que depende de evidencia sólida de ese riesgo.
Al mismo tiempo, mantener el estatus L-1 exige cumplir con los requisitos propios de ese visado, vinculados a su función dentro de la empresa. Iniciar una solicitud de asilo mientras se está en L-1 puede, por lo tanto, generar desafíos adicionales, precisamente porque ambas situaciones se apoyan en bases legales diferentes.
Como cada caso es único y sensible, lo ideal es buscar orientación especializada e informarse a través de los canales oficiales del gobierno estadounidense antes de dar cualquier paso, sin depender de promesas de resultado, que aquí no existen.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.