Visto n' Visa

¿Puedo llevar a mis abuelos como dependientes del L-1?

En el L-1, solo el cónyuge y los hijos solteros dentro del límite de edad aplicable califican como dependientes; los abuelos no. Para traerlos a los EE. UU., se debe explorar una categoría de visa distinta. Confirme con el USCIS.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 12/07/2026
1 min de lectura
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No. El L-1 tiene reglas específicas sobre quién puede acompañar al titular como dependiente, y los abuelos no están incluidos en esa lista.

Para los titulares del L-1, los dependientes autorizados a ingresar a los Estados Unidos son el cónyuge y los hijos solteros dentro del límite de edad previsto para dependientes. Los abuelos, al igual que otros familiares fuera de ese núcleo familiar, no califican bajo esta clasificación de visa.

En la práctica, esto significa que no es posible incluir a los abuelos como dependientes en la solicitud del L-1. Si el objetivo es que ellos visiten o permanezcan en los EE. UU., el camino pasa por otras categorías de visa, que se evalúan por separado.

Dado que las reglas de elegibilidad de dependientes pueden cambiar y cada caso tiene sus propios detalles, vale la pena confirmar la información actualizada en el USCIS y, si es necesario, buscar orientación especializada.

Aprende más sobre el L-1

Tipo
Transferencia intraempresarial
Duración
1-3 años
Extensión
Hasta 5-7 años
Procesamiento
2-5 meses
Todo sobre L-1

Sobre el autor

Victoria Harper

Editora en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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