Sí, es posible hacer home office (teletrabajo) con la L-1, siempre que el trabajo remoto siga siendo compatible con las funciones y responsabilidades que fundamentaron la transferencia. El modelo de trabajo (presencial, híbrido o remoto) debe estar alineado con los términos de la visa.
La L-1 transfiere gerentes, ejecutivos o empleados con conocimiento especializado para trabajar en la entidad de Estados Unidos. Si la empresa demuestra que las funciones realizadas de forma remota mantienen los requisitos y la esencia de la transferencia, el arreglo tiende a ser aceptable.
La mayor precaución surge ante cambios más profundos, por ejemplo convertir el puesto en una función totalmente remota desde una residencia particular. Modificaciones de ese tipo pueden requerir un análisis más cuidadoso, ya que afectan la manera en que las autoridades de inmigración evalúan el cumplimiento de las condiciones originales de la visa.
Cada situación es única. Al ajustar la dinámica del puesto, vale la pena buscar orientación especializada y confirmar las reglas actualizadas en las fuentes oficiales, para que los cambios queden en regla y no generen interpretaciones erróneas.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.