No. Las reglas de inmigración de Estados Unidos no imponen una exigencia que obligue al titular del L-1 a pasar un número mínimo de días o meses en el país cada año. No existe un contador de presencia anual que cumplir.
Lo que realmente importa es la sustancia de la transferencia: el beneficiario debe continuar ejerciendo, de hecho, las funciones descritas en la petición y mantener el vínculo laboral entre la empresa en el exterior y la unidad en Estados Unidos. El enfoque está en la actividad real para la compañía, no en el tiempo de estadía.
Aun así, conviene estar atento. Incluso sin una permanencia mínima obligatoria, una ausencia prolongada o la inactividad en el cargo pueden generar dudas sobre la finalidad de la visa y sobre el mantenimiento del estatus, lo que puede requerir documentación que acredite la continuidad del vínculo.
- No hay un número mínimo de días de permanencia anual.
- Lo que cuenta es el ejercicio real de las funciones aprobadas.
- Una ausencia larga puede generar cuestionamientos sobre el estatus.
Ante un cambio de estrategia o de rutina de viajes, conviene verificar las reglas actualizadas con el USCIS y coordinar la planificación con un especialista, manteniendo la documentación siempre en orden.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.