Por regla general, sí. El L-1 es una visa de transferencia dentro de la empresa, vinculada a su trabajo en los Estados Unidos, y eso no le impide que usted, como persona física, invierta en el mercado de capitales estadounidense, ya sea en acciones, bonos u otros activos.
Comprar y vender acciones, de forma pasiva o con operaciones más activas, se considera inversión personal y no trabajo. El punto clave es justamente ese límite: la actividad no puede convertirse en su ocupación principal ni sustituir la función que justificó su transferencia. Administrar el propio patrimonio es diferente a ejercer, en la práctica, la profesión de operador o gestor para terceros.
Invertir no está prohibido, pero conlleva obligaciones fiscales. Los rendimientos pueden generar deberes tributarios y cualquier pendencia en esa área puede, de forma indirecta, afectar su situación migratoria. Vale la pena organizar la parte fiscal con el apoyo contable o tributario adecuado.
- Mantenga las inversiones en carácter personal, sin que se conviertan en actividad principal.
- Cumpla las obligaciones fiscales sobre los eventuales rendimientos.
- Utilice corredoras y fuentes confiables, y desconfíe de promesas milagrosas.
En caso de duda sobre su situación particular, conviene confirmar las reglas actualizadas con USCIS y con profesionales de confianza antes de operar, para preservar tanto su estatus migratorio como su seguridad financiera.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.