Visto n' Visa

¿El L-1 me permite contratar terceros para mi proyecto?

El L-1 no impide contratar terceros para su proyecto, siempre que la transferencia que fundamenta la visa y el vínculo entre las empresas estén bien documentados. Conozca los cuidados necesarios.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 12/07/2026
1 min de lectura
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Sí, el L-1 no prohíbe que la empresa contrate terceros o proveedores de servicios para atender las demandas de un proyecto. El punto clave es otro: lo que sustenta su visa es la transferencia interna de un gerente, ejecutivo o profesional con conocimiento especializado dentro del grupo empresarial, y eso debe seguir siendo cierto sin importar quién más sea contratado.

En otras palabras, contratar terceros es una decisión de negocio, no un obstáculo para la visa, siempre que:

  • El vínculo entre la entidad en el exterior y la entidad en Estados Unidos permanezca bien documentado.
  • Su función como transferido siga siendo coherente con el perfil del L-1.
  • Se respeten las normas laborales y migratorias aplicables a la contratación.

El riesgo aparece si el arreglo desvirtúa el propósito del L-1 (por ejemplo, si la estructura llega a sugerir que el transferido no ejerce en realidad la función que fundamentó la visa). Dado que cada configuración tiene sus propios matices legales, conviene confirmar los requisitos vigentes con el USCIS y diseñar la operación junto a un especialista calificado.

Aprende más sobre el L-1

Tipo
Transferencia intraempresarial
Duración
1-3 años
Extensión
Hasta 5-7 años
Procesamiento
2-5 meses
Todo sobre L-1

Sobre el autor

Victoria Harper

Editora en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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