En principio, sí. Vender una participación en su empresa para reunir el monto exigido por el programa EB-5 es posible, pero el punto sensible no es la venta en sí, sino el origen y la naturaleza del dinero que llega al proyecto.
El programa exige que el capital invertido esté comprometido y ‘en riesgo’ en un emprendimiento que genere empleos en los Estados Unidos, y que los recursos provengan de fuentes lícitas y rastreables. Si los fondos provienen de la venta de una participación societaria, es necesario demostrar que esa transacción fue legítima y documentar con claridad el recorrido del dinero hasta la inversión.
Las autoridades migratorias suelen examinar con atención operaciones de este tipo, especialmente si existe alguna duda sobre la procedencia de los valores o si el capital no parece estar íntegramente comprometido con el proyecto. Por ello, el diseño de la operación marca la diferencia.
- Los recursos deben tener un origen lícito y comprobable.
- El capital debe permanecer ‘en riesgo’ en el emprendimiento.
- Toda la documentación y el flujo de fondos deben ser transparentes.
Dado que cada estructura tiene sus particularidades, conviene planificar la operación con respaldo jurídico, contable y de inmigración y confirmar los requisitos actualizados con el USCIS antes de vender cualquier participación.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.