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¿Existe una edad mínima para los hijos derivados?

En el EB-5 no hay edad mínima para incluir hijos como derivados: la atención recae en el límite superior de edad y el estado civil. Conozca cómo el CSPA puede ayudar a preservar la elegibilidad.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 22/07/2026
1 min de lectura
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No, no existe edad mínima para incluir hijos como beneficiarios derivados en el EB-5. Sin importar cuán pequeños sean, pueden formar parte del proceso, siempre que cumplan con los demás requisitos de dependencia.

En la práctica, la atención se centra en el límite superior de edad y el estado civil: el hijo debe ser soltero y estar dentro del límite de edad al momento de la concesión de la visa. La preocupación suele ser con el dependiente que se acerca a ese límite durante el trámite, no con quienes son muy jóvenes.

Para estos casos, la ley contempla el Child Status Protection Act (CSPA), un mecanismo que puede ayudar a preservar la elegibilidad de quien alcanza el límite de edad durante el proceso. Esta protección no es automática y depende del cumplimiento de requisitos específicos.

Como cada caso tiene sus particularidades y las normas pueden cambiar, conviene confirmar los criterios actualizados con el USCIS y con profesionales especializados antes de definir la estrategia familiar del petition.

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Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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