Sí, participar en comisiones que evalúan currículums y el trabajo de colegas puede enmarcarse en el criterio de ‘judge’ (juzgar el trabajo de terceros) del EB-1, siempre que quede claro que la comisión analiza y pondera genuinamente la calidad de lo que evalúa, con algún grado de reconocimiento en el área.
El punto central es demostrar que su juicio tuvo un peso relevante en la selección o evaluación de profesionales, investigaciones o candidaturas, contribuyendo así al campo. Una comisión con una función muy restringida o de alcance estrictamente local suele tener más dificultad para sostener este criterio.
Para respaldar la experiencia, conviene reunir:
- Cartas o invitaciones que confirmen su designación en la comisión.
- La descripción de las funciones y de lo que se evaluó efectivamente.
- Registros que muestren la relevancia y el alcance del comité.
Como cada caso se analiza de forma individual, verifique los criterios actualizados en la fuente oficial (USCIS) y considere revisar su situación con un especialista.
Aprende más sobre el EB-1
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- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
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- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.