El Formulario I-134, Declaration of Financial Support, es el documento que acredita ante el gobierno de Estados Unidos que un patrocinador residente en el país se hará cargo financieramente de un visitante o prometido(a) extranjero durante su estancia temporal. Aparece con frecuencia en casos de visa K-1 para prometido(a) y en solicitudes de visa de turismo B-1/B-2 en las que el oficial consular cuestiona la solvencia económica del solicitante. Los errores menores al completarlo pueden causar retrasos, denegaciones o exigir una nueva entrevista, por lo que vale la pena entender en detalle cómo funciona el formulario en 2026.
Para Qué Sirve el Formulario I-134
El I-134 es el instrumento mediante el cual el patrocinador estadounidense se compromete a cubrir los gastos del visitante para que este no se convierta en un public charge, es decir, dependiente del gobierno de Estados Unidos. El documento se presenta al oficial consular durante la entrevista de visa y, en algunos casos, se adjunta a solicitudes de parole humanitario o ajustes específicos.
El formulario no es obligatorio para todas las visas no inmigrantes. Es frecuente en visas K-1 y K-2 (prometido(a) e hijos del prometido(a)), y puede solicitarse en B-1/B-2 cuando el consulado tiene dudas sobre los recursos financieros del solicitante.
I-134 e I-864: No los Confunda
El I-864 es la Affidavit of Support exigida para la mayoría de los casos basados en familia y algunos casos basados en empleo donde se busca una green card. Su naturaleza es distinta:
| Característica | Formulario I-134 | Formulario I-864 |
|---|---|---|
| Tipo de visa | No inmigrante | Inmigrante / ajuste de estatus |
| Ingresos requeridos | 100% de las Poverty Guidelines | 125% de las Poverty Guidelines |
| Obligación legal | No jurídicamente vinculante | Jurídicamente exigible hasta cumplir las condiciones |
| Duración de la obligación | Sin responsabilidad a largo plazo | Hasta que el inmigrante se naturalice o complete 40 trimestres de trabajo |
| Uso típico | K-1, B-1/B-2 y similares | Casos de familia y empleo con green card |
Quién Puede Ser Patrocinador en el I-134
Los requisitos para firmar la declaración son objetivos:
- Ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal
- Tener ingresos o patrimonio iguales o superiores al 100% de las Federal Poverty Guidelines para el tamaño del hogar
- Demostrar disposición y capacidad para brindar apoyo durante la estancia temporal
El hogar incluye al propio patrocinador, los dependientes declarados en la declaración de impuestos, los familiares que viven con él y el extranjero que se pretende patrocinar.
Ingresos Mínimos Requeridos en 2026
El Department of Health and Human Services publica anualmente las Poverty Guidelines, y el I-134 exige el 100% de esas cifras. Los valores del ciclo HHS 2025 — vigentes a lo largo de 2026 — para los 48 estados contiguos y el Distrito de Columbia son los siguientes:
| Tamaño del hogar | 100% de las HHS Poverty Guidelines |
|---|---|
| 2 | US$ 21,150 |
| 3 | US$ 26,650 |
| 4 | US$ 32,150 |
| 5 | US$ 37,650 |
| 6 | US$ 43,150 |
Alaska y Hawái siguen tablas propias con valores más altos. Los patrocinadores en servicio militar activo tienen requisitos reducidos en casos específicos.
Documentos que Acreditan la Solvencia Económica
La declaración vale tanto como la evidencia que la respalda. El patrocinador debe adjuntar:
- Declaración federal de impuestos más reciente (Formulario 1040) y W-2 o 1099
- Estados de cuenta bancarios con fecha de apertura de la cuenta, total depositado en los últimos doce meses y saldo actual
- Carta del empleador en papel membretado con fecha de contratación, antigüedad, salario e indicación de si el puesto es permanente o temporal
- Para trabajadores independientes: copia de la última declaración de impuestos e informe de clasificación comercial
- Documentación de bonos del gobierno con números de serie, cuando aplique
- Pólizas de seguro de vida con valor de rescate en efectivo
- Documentación de bienes inmuebles con avalúo, hipotecas y ubicación
Instrucciones Paso a Paso
Parte 1 – Base de la Solicitud
Indique si presenta el formulario en nombre de otra persona o en calidad de beneficiario.
Parte 2 – Información del Patrocinador
Nombre completo, dirección postal, dirección física, fecha de nacimiento, ciudad y país de nacimiento, A-Number si aplica, Social Security Number, USCIS Online Account Number y la forma de adquisición de la ciudadanía estadounidense (naturalización, descendencia, matrimonio u otra). Si es residente permanente, anote el A-Number; si es no inmigrante admitido legalmente, registre el número del Formulario I-94. Incluya edad y tiempo de residencia en Estados Unidos.
Parte 3 – Información del Beneficiario
Datos del extranjero patrocinado: nombre, fecha de nacimiento, género, A-Number si aplica, nacionalidad, estado civil, dirección, cónyuge acompañante e hijos con nombres, fechas de nacimiento y géneros.
Parte 4 – Situación Financiera del Patrocinador
Indique su situación laboral (incluido el trabajo por cuenta propia), dirección del empleador, ingresos anuales, saldo de cuentas de ahorro y corrientes en instituciones estadounidenses, valor de bienes personales, valor de mercado de acciones y bonos, valor nominal y de rescate de seguro de vida, y valor de bienes inmuebles e hipotecas. Liste los dependientes indicando nombre, fecha de nacimiento y si son total o parcialmente dependientes. Use la Parte 8 si necesita más espacio.
Parte 5 – Declaración y Firma del Patrocinador
Antes de firmar, lea la sección de penalidades. Confirme si comprende inglés o si utilizó un intérprete; indique si un preparador lo asistió. Anote teléfono diurno, celular y correo electrónico. Firme y feche.
Parte 6 – Intérprete
Complete solo si se utilizó un intérprete. Nombre, dirección, datos de contacto, firma y fecha.
Parte 7 – Preparador
Se completa cuando el formulario fue preparado por un tercero distinto al patrocinador, con nombre, dirección, datos de contacto, firma y fecha.
Parte 8 – Espacio Adicional
Reservado para respuestas que no cupieron en los campos anteriores.
Cómo Se Entrega el Formulario
El patrocinador estadounidense envía el I-134 completado, con toda la evidencia financiera y una carta de presentación opcional, directamente al beneficiario. El extranjero lleva el paquete completo a la entrevista en el consulado estadounidense en su país de residencia. El oficial consular puede o no examinar el documento, según las circunstancias del caso y los vínculos que el beneficiario demuestre con su país de origen.
Public Charge: Lo que Importa en 2026
La regla vigente de public charge se basa en el concepto de la 1999 Field Guidance: persona primariamente dependiente del gobierno para su subsistencia, acreditada por recepción de asistencia en efectivo para mantenimiento de ingresos o institucionalización de largo plazo a cargo del erario público. No forman parte del análisis de inadmisibilidad por public charge: Medicaid (salvo institucionalización de largo plazo), vivienda pública y SNAP. Los pagos puntuales y las hospitalizaciones de corta duración también quedan excluidos. El análisis se realiza mediante la totality of circumstances, ponderando edad, salud, situación familiar, recursos, educación y habilidades.
Preguntas Frecuentes
¿El I-134 es obligatorio para la visa de turismo?
No es obligatorio para B-1/B-2, pero el oficial consular puede solicitarlo si existen dudas sobre los recursos financieros del solicitante. El DS-160 ya pregunta quién financia el viaje y cuáles son los ingresos mensuales del solicitante.
¿Es obligatorio para la visa F-1?
No es obligatorio. Puede presentarse como apoyo adicional cuando quien financia los estudios no es el propio estudiante.
¿Tiene costo?
No hay tarifa para presentar el I-134.
¿Requiere notarización?
No. El formulario no requiere notarización.
¿El patrocinador debe ser familiar?
No. Basta con ser ciudadano estadounidense o residente permanente y cumplir con el requisito de ingresos. Los amigos cercanos pueden patrocinar, pero el vínculo debe explicarse en una carta.
¿Cuál es el ingreso mínimo para patrocinar?
El 100% de las Federal Poverty Guidelines del HHS para el tamaño del hogar (incluyendo al extranjero patrocinado).
¿En cuánto tiempo se resuelve el I-134?
No existe una decisión aislada. El documento es evaluado por el oficial consular durante la propia entrevista, en cuestión de minutos, junto con el resto de la documentación.
¿Puedo patrocinar a más de una persona?
Sí, pero se necesita un I-134 separado para cada extranjero. No combine varios beneficiarios en el mismo formulario.
Victoria Harper
Editor en jefe
Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.