No. En la visa O-1, los únicos dependientes autorizados son el cónyuge e hijos que cumplan esa condición, quienes ingresan bajo la categoría derivada O-3. Amigos, familiares fuera de esa definición u otros contactos personales no pueden incluirse como acompañantes en su petición.
Esto no significa que esas personas no puedan viajar a los Estados Unidos: significa únicamente que cada una necesita su propia base independiente para hacerlo, de forma separada de su visa O-1.
- El turismo o los negocios de corta duración siguen la vía del visitante.
- El trabajo o el estudio requieren la categoría de visa correspondiente.
Es decir, el vínculo de amistad no crea por sí solo el derecho a acompañar al titular de la visa O-1. Antes de planificar un viaje en grupo, le conviene verificar las reglas actualizadas con el USCIS o con un especialista, para que cada persona ingrese al país por la vía correcta.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.