Probablemente no, si la idea es únicamente asistencia personal. La visa O-2 fue creada para quienes brindan apoyo esencial y directamente vinculado a la actividad del titular de la O-1, no para acompañantes que ofrecen asistencia personal o servicios domésticos.
Para calificar como O-2, la persona debe desempeñar una función que forme parte de la propia actividad artística, deportiva o profesional que fundamentó la O-1. En otras palabras, el apoyo debe ser indispensable para la realización del trabajo del titular, no una conveniencia personal del día a día.
Por lo tanto, si el objetivo es simplemente tener a su pareja cerca para brindar asistencia personal sin relación con la actividad esencial de la O-1, es probable que no cumpla con los requisitos de la O-2. Vale mencionar que existen otras categorías de visa diseñadas para acompañar a familiares, con sus propias reglas.
Como cada caso depende de la naturaleza de la función y de la documentación que acredite esa relación indispensable, lo recomendable es confirmar los requisitos actualizados en la fuente oficial (USCIS) y, de ser necesario, buscar orientación especializada antes de tomar una decisión.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.