En general, sí, es posible, pero con cuidado. La visa O-1 depende de un peticionario (un empleador o un agente) que presenta la petición describiendo el trabajo a realizar en EE. UU. El trabajo autorizado es el que está vinculado a esa petición, por lo que cualquier actividad paralela debe encuadrarse dentro de los términos aprobados.
Para quienes trabajan de forma independiente o con más de un cliente, existe la figura del agente peticionario, que puede presentar una petición que cubra distintos proyectos y clientes. Es este tipo de estructura el que suele dar cabida al trabajo freelance, y no la simple suma de trabajos adicionales fuera de lo que fue autorizado.
El punto sensible es el alcance: las actividades fuera de lo que prevé la petición pueden considerarse trabajo no autorizado y poner en riesgo su estatus migratorio. Por ello, antes de asumir nuevos contratos, es esencial verificar si están cubiertos por la petición vigente o si requieren una modificación formal.
Como la estructura correcta varía según su perfil y los contratos, conviene confirmar las reglas actualizadas en la fuente oficial (USCIS) y planificar el arreglo con un especialista antes de asumir compromisos.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.