Sí, pero depende de la estructura de la organización. El L-1 fue creado para transferir ejecutivos, directores o profesionales con conocimiento especializado entre entidades de una misma organización que operan dentro y fuera de los Estados Unidos, y esto también aplica a una ONG.
El punto central es la relación corporativa calificada. Para transferir directores, la ONG debe demostrar una conexión clara entre la entidad extranjera y la unidad en EE.UU., encuadrándose en una de las categorías reconocidas por el USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU.): matriz, sucursal, subsidiaria o afiliada. Sin esa estructura, el L-1 generalmente no es el instrumento adecuado.
Si existe control mutuo y vínculo legal entre las entidades, es posible, en principio, calificar a directores bajo el L-1A, la categoría destinada a ejecutivos y gerentes. Aun así, cada caso se evalúa individualmente, y demostrar los vínculos entre las estructuras es decisivo.
Como el proceso sigue criterios rigurosos, conviene buscar orientación de un profesional de inmigración y consultar las fuentes oficiales del USCIS antes de presentar la petición.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.