En general, sí, siempre que la ausencia sea temporal y no comprometa su posición en los Estados Unidos. La L-1 gira en torno a que usted continúe ejerciendo sus funciones en la empresa que lo transfirió, por lo que viajes de trabajo puntuales al exterior normalmente no afectan el regreso.
Lo que sostiene el estatus es mantener intacto el vínculo con la operación en EE. UU. Mientras su rol en la filial o casa matriz en EE. UU. siga vigente, un período corto trabajando fuera generalmente no impide el regreso normal bajo la L-1. Aun así, algunos cuidados son importantes:
- Coordine con su empleador: la empresa debe estar al tanto y de acuerdo, garantizando que el viaje no cambie el alcance del trabajo que justifica la L-1.
- Mantenga el enfoque en sus actividades en EE. UU.: la visa se apoya en su rol en la operación estadounidense.
- Atienda las leyes del otro país: trabajar en el exterior, aunque sea por poco tiempo, puede implicar normas laborales y migratorias locales.
Como cada caso tiene sus propios detalles, conviene confirmar las condiciones de su visa y, ante cualquier duda, buscar orientación especializada antes de viajar por trabajo.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.