En principio, sí. El visado L-1 permite transferir ejecutivos, gerentes o profesionales con conocimiento especializado entre entidades de una misma organización con presencia internacional. El factor decisivo no es la naturaleza del negocio, sino la estructura organizacional: por ello, ser una ONG no impide, por sí solo, la petición.
Para que un director de ONG extranjera pueda solicitar el L-1, la organización debe encuadrarse en la lógica de una entidad con presencia en más de un país, con una relación calificada (matriz, sucursal, subsidiaria o afiliada) entre la unidad en el exterior y la unidad en los Estados Unidos.
- Existencia de una relación corporativa legítima y documentada entre las entidades.
- Desempeño previo del director en funciones ejecutivas o gerenciales en el exterior durante el período calificante requerido.
- Transferencia para ejercer una función igualmente ejecutiva o gerencial en los Estados Unidos.
Dado que el formato jurídico de una ONG varía considerablemente, el análisis de la estructura y la documentación es lo que determina la viabilidad. Confirme los requisitos actualizados en el sitio oficial del USCIS y evalúe su caso con un especialista antes de presentar la petición.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.