Sí, en general. Es posible extender el estatus L-2 sin salir de EE. UU., siempre que usted presente la solicitud mientras aún se encuentra en estatus válido. El camino habitual es presentar el formulario I-539 (extensión o cambio de estatus de no inmigrante) ante el USCIS.
El estatus L-2 es dependiente del L-1: el cónyuge y los hijos acompañan al titular. Por ello, la extensión presupone que la situación del titular del L-1 se mantenga válida, lo que sustenta la continuidad del estatus del dependiente.
Algunas precauciones ayudan a evitar problemas:
- Presente la solicitud de extensión antes de que su estatus actual venza.
- Mantenga debidamente acreditado el vínculo con el estatus del titular del L-1.
- Conserve los comprobantes de presentación mientras la solicitud esté pendiente.
Como los plazos y requisitos pueden cambiar, conviene verificar las instrucciones actualizadas del formulario en el sitio del USCIS o contar con orientación especializada para gestionar la solicitud correctamente.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.