No exactamente. La empresa en el exterior no necesita congelar sus números ni mantener la misma escala de operaciones a lo largo de todo el L-1, pero sí debe seguir activa y operando de verdad durante el período del visado.
Esto se debe a que el L-1 se sostiene en un vínculo vivo entre las entidades: la categoría presupone que la empresa en el exterior y la subsidiaria, matriz o afiliada en los Estados Unidos coexisten y realizan negocios legítimos. Si la operación en el exterior simplemente deja de funcionar, los cimientos de la transferencia se debilitan.
Lo que las autoridades evalúan es la continuidad y la legitimidad de la relación, no una métrica fija. Por ello, cambios significativos en la estructura o el funcionamiento de la empresa en el exterior pueden generar cuestionamientos sobre el mantenimiento del vínculo calificado, especialmente en una renovación.
Como cada estructura societaria tiene sus particularidades, conviene mantener registros consistentes de la actividad en ambos extremos y buscar orientación especializada, verificando las reglas actualizadas para asegurar que el vínculo esté bien documentado.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.