Depende. La visa L-1 fue creada para transferir ejecutivos, gerentes y profesionales con conocimiento especializado desde una empresa en el exterior hacia su sucursal, subsidiaria o afiliada en los Estados Unidos. La lógica de esta visa es que usted se dedique a las funciones para las cuales fue designado en la entidad en EE. UU.
Mantener una actividad comercial paralela en su país de origen no está prohibido de manera automática, pero debe ser compatible con ese compromiso. En términos generales, suele haber margen cuando la actividad exterior no entra en conflicto con la relación empresarial que fundamenta la visa ni perjudica sus responsabilidades en EE. UU.
Algunos puntos merecen atención:
- La actividad en el exterior debe ser compatible con las funciones y la dedicación que exige la L-1.
- Es necesario observar tanto las normas migratorias de EE. UU. como la legislación de su país de origen.
- Las situaciones de doble función pueden requerir un análisis para descartar conflictos de interés.
Dado que cada estructura corporativa y cada caso tienen sus particularidades, conviene buscar orientación especializada y verificar las reglas actualizadas con el USCIS antes de asumir o mantener negocios paralelos, para evitar riesgos para su estatus migratorio.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.