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¿Puedo incluir cláusulas de confidencialidad y propiedad intelectual en la petición L-1?

Las cláusulas de confidencialidad y propiedad intelectual pueden figurar en los contratos y no perjudican la petición L-1, siempre que el enfoque siga siendo la elegibilidad. Descubra cómo encontrar el equilibrio.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 12/07/2026
1 min de lectura
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Sí. Nada impide que los contratos entre la empresa y el empleado incluyan cláusulas de confidencialidad y de propiedad intelectual, algo común cuando hay información sensible o secretos comerciales de por medio. Estas cláusulas no perjudican la petición L-1.

El punto clave es de enfoque: la petición L-1 existe para demostrar el vínculo entre las empresas, la relación laboral y la clasificación del cargo (gerencial, ejecutivo o de conocimiento especializado). Las cláusulas contractuales son accesorias a ese objetivo.

Utilizadas con buen criterio, incluso pueden ayudar, ya que evidencian la naturaleza del puesto y la relación de empleo. Lo importante es que:

  • no desvíen la atención de los elementos esenciales de la visa;
  • la documentación siga siendo clara sobre el rol y el estatus del empleado.

Como cada petición tiene sus particularidades, vale la pena organizar los documentos con apoyo especializado y revisar las orientaciones actualizadas del USCIS antes de presentar la solicitud.

Aprende más sobre el L-1

Tipo
Transferencia intraempresarial
Duración
1-3 años
Extensión
Hasta 5-7 años
Procesamiento
2-5 meses
Todo sobre L-1

Sobre el autor

Victoria Harper

Editora en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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