Sí. Un hijo que nace después de que la L-1 ya fue emitida puede ser incluido en el grupo familiar, pero esto no ocurre de forma automática. Es necesario iniciar un trámite por separado para otorgarle al recién nacido el estatus derivado de L-2, el mismo que tienen los demás dependientes.
La L-1 permite que el titular lleve a su cónyuge e hijos como dependientes L-2. Cuando la familia crece después de la emisión de la visa, el camino es regularizar la situación del nuevo integrante a través de los canales oficiales, generalmente con:
- El llenado de la documentación requerida para el dependiente.
- La presentación de comprobantes del vínculo familiar, como el acta de nacimiento.
- Los pasos específicos indicados por el consulado, la embajada o el organismo competente, según corresponda.
Dado que los procedimientos pueden variar según la situación y el lugar, lo más recomendable es verificar los pasos actualizados en los canales oficiales y, si existen particularidades, contar con el apoyo de un especialista.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.