Sí. Cuando un profesional con visa L-1 comienza a trabajar en Estados Unidos, es tratado, a efectos laborales y fiscales, como cualquier otro empleado. Esto significa que la empresa americana tiene, en general, la obligación de retener y depositar los impuestos sobre la nómina correspondientes al salario pagado.
Estos impuestos sobre la nómina incluyen típicamente las contribuciones al Social Security y al Medicare (el conjunto conocido como FICA), además de otras retenciones aplicables a quienes trabajan en territorio estadounidense. El estatus migratorio, por sí solo, no elimina estas obligaciones.
Pueden existir particularidades según el estado, la naturaleza del contrato y la forma de remuneración, pero la responsabilidad de realizar las retenciones correctas suele ser parte central del cumplimiento del empleador. Cometer errores en este punto expone a la empresa a sanciones.
Por eso, lo más recomendable es gestionar la nómina y la inmigración de forma conjunta, con el apoyo de profesionales en tributación e inmigración, y confirmar las reglas aplicables en las fuentes oficiales actualizadas.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.