En general, no. El L-1 es una visa de transferencia interna: presupone que el ejecutivo, gerente o profesional con conocimiento especializado actúe en la entidad en Estados Unidos (sucursal, matriz, subsidiaria o afiliada), contribuyendo directamente a la operación americana.
Por eso, permanecer fuera de Estados Unidos trabajando de forma remota para la empresa extranjera normalmente no se ajusta a la finalidad de la visa. La lógica del L-1 es integrar al profesional en la estructura operativa o gerencial de la empresa en EE. UU., y no simplemente mantener un vínculo a distancia con la matriz en el exterior.
Si la función se ejerce exclusivamente desde fuera del país, es posible que no cumpla con el requisito de que el trabajo beneficie directamente las actividades de esa oficina americana, lo cual afecta la elegibilidad.
Como cada modalidad de trabajo tiene sus particularidades, conviene verificar las reglas actualizadas en la fuente oficial y buscar orientación especializada antes de estructurar la función, para evitar interpretaciones que puedan comprometer el L-1.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.