Visto n' Visa

¿El cónyuge con L-2 puede trabajar como freelancer?

El cónyuge con L-2 puede trabajar como freelancer, incluso por cuenta propia, siempre que cuente con autorización para trabajar. El EAD acredita esa autorización cuando es requerido. Conozca los aspectos clave antes de comenzar.

Escrito por

Victoria Harper

Editora en jefe

Actualizado el 17/07/2026
1 min de lectura
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. El cónyuge con visa L-2 puede trabajar como freelancer, incluso en actividades independientes y prestación de servicios por cuenta propia, siempre que cuente con autorización para trabajar en EE. UU.

La L-2 es la visa del cónyuge de quien tiene la L-1 y permite acompañar al titular durante su estadía. La cuestión central para poder trabajar no es el tipo de actividad, sino la autorización de trabajo: el EAD (Documento de Autorización de Empleo) es el documento que acredita ese permiso cuando es requerido.

Algunos aspectos ayudan a mantener todo en orden:

  • La autorización de trabajo generalmente no limita al freelancer a un único tipo de servicio.
  • Iniciar una actividad remunerada sin la autorización correspondiente puede comprometer el estatus L-2.
  • Además de las normas migratorias, también aplican las regulaciones comerciales y tributarias del trabajo independiente.

Como la forma de acreditar la autorización puede cambiar según la política vigente, se recomienda confirmar los requisitos actualizados con el USCIS o con un especialista antes de comenzar a facturar.

Aprende más sobre el L-1

Tipo
Transferencia intraempresarial
Duración
1-3 años
Extensión
Hasta 5-7 años
Procesamiento
2-5 meses
Todo sobre L-1

Sobre el autor

Victoria Harper

Editora en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.

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