Sí, es posible pasar del estatus J-1 al H-1B. En muchos casos no hay impedimento para ese cambio. El detalle decisivo es saber si su J-1 viene acompañado del requisito de residencia en el país de origen, porque es ese requisito el que cambia todo el recorrido.
Cuando ese requisito aplica, el participante del J-1 debe, al finalizar el programa, pasar un período en su país de origen antes de poder acceder a ciertas categorías, o bien obtener una dispensa de dicho requisito. Solo después de cumplir el requisito (o de que se conceda la dispensa) queda abierto el camino hacia la H-1B. Por eso, el primer paso es determinar si su J-1 está o no sujeto a esta regla.
- No todo J-1 conlleva el requisito de residencia en el país de origen.
- Si el requisito aplica, es necesario cumplirlo u obtener la dispensa antes de solicitar la H-1B.
- La solicitud de dispensa se evalúa caso a caso, con criterios propios.
Como este punto es técnico y depende directamente de las condiciones registradas en su programa, lo más prudente es verificar su situación específica en la fuente oficial y analizar el caso con un profesional de inmigración antes de actuar. Desconfíe de cualquier promesa de solución rápida o garantizada.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.