Como regla general, sí, cuando el despido proviene del empleador. Si la empresa da por terminada la relación laboral antes de que venza el período autorizado en la petición del H-1B, habitualmente es responsable de cubrir el costo razonable del retorno del trabajador a su país de origen o a su última residencia fuera de los Estados Unidos.
Esta responsabilidad existe para proteger al profesional que llegó al país bajo condiciones específicas y no debe quedar desamparado cuando la salida no fue su decisión. Por eso, el punto clave es de quién partió la decisión:
- Despido por iniciativa del empleador: la empresa suele responder por el costo del retorno.
- Renuncia voluntaria del empleado: esta obligación normalmente no recae sobre la empresa.
Cada caso puede tener matices según el contrato y otros factores, y las reglas aplicables son definidas por las autoridades de inmigración. Como el tema es sensible, vale la pena revisar las condiciones actualizadas en fuentes oficiales (USCIS) y buscar orientación especializada, tanto del lado del empleador como del empleado.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.