No. El EB-5 fue diseñado para que el propio inversionista aporte su capital al emprendimiento, demostrando un compromiso real con el proyecto. Por eso, un fiador no puede ocupar el lugar de la inversión requerida.
La lógica del programa establece que los fondos invertidos deben pertenecer al inversionista que solicita la visa y deben tener un origen lícito y documentable. Un fiador cumple un rol de garantía o respaldo financiero, pero no acredita que el dinero invertido sea del propio candidato ni su participación directa en el negocio.
Esto no significa que la estructura de los recursos deba ser simple. Lo importante es que el recorrido del dinero hasta la inversión sea transparente y rastreable, y que el capital pertenezca efectivamente al inversionista, y no sea una obligación asumida por un tercero en su nombre.
- El capital debe provenir del propio inversionista, no de un fiador.
- El origen de los fondos debe ser lícito y comprobable.
- La garantía de un tercero no demuestra el compromiso personal que el programa exige.
Si tiene dudas sobre cómo estructurar correctamente el origen y el aporte de los recursos, busque asesoría jurídica especializada y confirme los requisitos actualizados con el USCIS antes de continuar.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.