Como regla general, no existe una prohibición automática. El EB-5 no veda, por sí solo, la participación de ciudadanos de países sujetos a sanciones de los Estados Unidos. En la práctica, sin embargo, estos casos suelen recibir un análisis más riguroso.
Las sanciones estadounidenses, administradas por organismos como el Departamento del Tesoro y el OFAC, tienen por objetivo monitorear y restringir actividades consideradas un riesgo para la seguridad nacional o el sistema financiero. Por eso, un solicitante proveniente de un país sancionado puede enfrentar escrutinio adicional, especialmente en lo que respecta al origen lícito de los fondos invertidos.
Cualquier relación, directa o indirecta, con entidades o transacciones sancionadas puede complicar o incluso inviabilizar el proceso. El cumplimiento de las sanciones se toma muy en serio y va de la mano con el acatamiento de las leyes de inmigración.
Dado que las listas y las normas cambian con frecuencia, quien se encuentre en esta situación debe verificar las restricciones actualizadas en las fuentes oficiales y contar con un especialista antes de iniciar el proceso.
Aprende más sobre el EB-5
- Tipo
- Green Card por inversión
- Inversión mín.
- US$ 800.000
- Empleos creados
- Mínimo 10 (tiempo completo)
- Procesamiento
- 24-48 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.