En general, sí, cuando esos documentos sean requeridos en su caso. La regla práctica en los procesos migratorios de EE. UU. es sencilla: todo documento que no esté en inglés debe presentarse con una traducción fiel. Esto aplica al RG, al CPF y a cualquier otro documento en portugués que forme parte de su expediente para el EB-2 NIW.
La traducción debe ser completa y precisa, y generalmente va acompañada de una declaración del traductor en la que certifica que es competente para traducir y que el texto es fiel al original. Esta precaución permite que la autoridad migratoria lea y verifique la información sin ambigüedad.
No todos los documentos se solicitan necesariamente en todos los casos, por lo que el primer paso es confirmar qué exige su proceso específico. Contar con las traducciones correctas desde el inicio evita retrabajos y demoras.
Si tiene dudas sobre el formato y los requisitos actualizados, consulte las orientaciones oficiales del USCIS o apoye su proceso en un profesional especializado.
Aprende más sobre el EB-2 NIW
- Categoría
- Green Card EB-2 NIW
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- PERM
- Exento
- Procesamiento
- 12-36 meses
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Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.