Sí, pero con una distinción importante para el EB-1. En el ámbito de la propiedad industrial, existe una diferencia significativa entre la patente de diseño y la patente de invención (utilidad). Un registro de diseño es, en efecto, una patente, aunque de un tipo específico.
La diferencia está en lo que cada una protege:
- La patente de diseño protege la apariencia ornamental de un objeto, su aspecto visual.
- La patente de invención protege los aspectos funcionales y técnicos de un producto o proceso.
Esta distinción puede ser relevante según lo que usted necesite demostrar en su caso. Si el objetivo es evidenciar contribución técnica e innovación funcional, una patente de diseño por sí sola comunica menos sobre eso que una patente de invención. En cambio, si el valor está en el reconocimiento de una creación original, el registro de diseño puede contribuir, sobre todo si va acompañado de pruebas de impacto o adopción.
Lo importante es presentar el registro por lo que realmente es, sin confundir las categorías, para que la autoridad migratoria pueda evaluarlo correctamente. Como la interpretación depende de los detalles de su perfil y de los requisitos de la visa, conviene verificar los requisitos actualizados del USCIS y contar con orientación especializada en propiedad intelectual e inmigración.
Aprende más sobre el EB-1
- Categoría
- Green Card EB-1 (1ª prioridad)
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Autopatrocinio
- Permitido (sin patrocinador)
- Procesamiento
- 6-18 meses
Etiquetas
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.