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Desnaturalización en EE.UU.: cuándo puede revocarse la ciudadanía

Descubre qué es la desnaturalización, cómo funcionan las vías civil y penal y quiénes están en las prioridades de fiscalización del DOJ en 2026.

Escrito por

Victoria Harper

Editor en jefe

Actualizado el 28/04/2026
6 min de lectura
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Desnaturalização nos EUA: quando a cidadania pode ser revogada

Convertirse en ciudadano estadounidense suele ser el punto culminante de un viaje de años. La naturalización otorga derechos como votar, portar un pasaporte de los Estados Unidos y residir en el país sin ningún estatus migratorio intermedio. Pero lo que muchos ciudadanos naturalizados desconocen es que esa ciudadanía puede, en circunstancias específicas, ser revocada por el propio gobierno federal.

El proceso legal que retira la ciudadanía a alguien previamente naturalizado se denomina desnaturalización. Volvió al centro del debate público tras el memorando del Departamento de Justicia (DOJ) del 11 de junio de 2025, que amplió de forma significativa las prioridades de fiscalización. Se estima que unos 25 millones de ciudadanos naturalizados viven actualmente en los Estados Unidos, y la nueva orientación del DOJ delimita diez categorías de personas sujetas a investigación exhaustiva.

Qué significa la desnaturalización

La desnaturalización es el procedimiento mediante el cual el gobierno de los Estados Unidos revoca formalmente la ciudadanía concedida por medio de la naturalización. Una vez revocada, el individuo pierde todos los derechos asociados a la condición de ciudadano: el voto, el pasaporte estadounidense, la elegibilidad para cargos públicos y la presunción absoluta de permanencia legal en el país.

El resultado práctico varía. En algunos casos, la persona vuelve a su estatus anterior, normalmente el de residente permanente legal (LPR). En otros, cuando no existe un estatus migratorio válido al que recurrir, la desnaturalización desemboca directamente en un proceso de deportación.

El memorando del DOJ de 2025

El memorando emitido por la División Civil del DOJ en junio de 2025 establece diez categorías prioritarias para las investigaciones de desnaturalización. La lista, deliberadamente amplia, contempla:

  • Naturalizados que representan amenazas a la seguridad nacional, incluidos casos de terrorismo o espionaje;
  • Individuos involucrados en tortura, crímenes de guerra o violaciones graves de derechos humanos;
  • Personas con vínculos comprobados con pandillas, cárteles u organizaciones criminales transnacionales;
  • Ciudadanos que cometieron delitos graves no revelados durante el proceso de naturalización;
  • Involucrados en tráfico de personas, delitos violentos u ofensas sexuales;
  • Autores de fraude contra el gobierno de EE.UU. en programas como Medicare, Medicaid o préstamos PPP;
  • Participantes en esquemas de fraude financiero privado;
  • Naturalizados que obtuvieron la ciudadanía mediante corrupción, falsificación de documentos o declaración falsa;
  • Individuos con cargos penales pendientes que puedan afectar la elegibilidad;
  • Otros casos considerados relevantes por la División Civil del DOJ.

La amplitud de esta lista le otorga al gobierno una discrecionalidad considerable para reabrir casos antiguos, incluidos aquellos que involucran irregularidades administrativas o financieras ocurridas hace muchos años.

Cómo se inicia el proceso

La mayoría de los procedimientos comienza cuando el USCIS remite un caso al DOJ. A partir de esa remisión, el DOJ decide entre la vía civil o la vía penal, y la diferencia entre ambas modalidades es decisiva para el ciudadano investigado.

Vía civil

En la esfera civil no existe plazo de prescripción. El gobierno puede iniciar una acción diez, quince o veinte años después de la concesión de la ciudadanía, siempre que pueda sostener la existencia de fraude, ocultación de un hecho relevante o declaración falsa durante la naturalización.

La carga probatoria, sin embargo, es elevada. El gobierno debe presentar pruebas claras, convincentes e inequívocas de que la ciudadanía se obtuvo de forma ilegal o fraudulenta. Si prevalece, el juez federal revoca el certificado de naturalización y el individuo vuelve a su estatus migratorio anterior o, en ausencia de este, queda sujeto a deportación.

Vía penal

La desnaturalización penal se rige por lo dispuesto en 18 U.S.C. § 1425, que tipifica la obtención fraudulenta de ciudadanía. A diferencia de la vía civil, la vía penal tiene un plazo de prescripción de diez años y puede resultar en una pena de hasta diez años de prisión federal, además de la revocación automática de la ciudadanía prevista en 8 U.S.C. § 1451(e).

Un hito jurisprudencial limita el alcance de esta vía: en Maslenjak v. United States (2017), la Corte Suprema decidió por unanimidad que solo las mentiras u omisiones que hayan influido efectivamente en la decisión de naturalizar pueden servir de fundamento para la revocación. Los errores sin importancia, por lo tanto, no son suficientes para sustentar un cargo penal.

Consecuencias prácticas de la revocación

Cuando se revoca la ciudadanía, el estatus legal de la persona vuelve al nivel inmediatamente anterior a la naturalización. Quienes tenían green card regresan a la condición de residente permanente, aunque sujetos a procedimientos de deportación si existen fundamentos independientes. Quienes no tenían un estatus válido enfrentan deportación directa.

Existen también casos en los que el individuo opta por la renuncia voluntaria a la ciudadanía para evitar un litigio prolongado, especialmente cuando los hechos investigados son sólidos y la defensa resulta costosa.

Cómo reducir los riesgos

Aunque la desnaturalización siga siendo estadísticamente rara, su expansión como prioridad de fiscalización recomienda una postura preventiva. Los ciudadanos naturalizados que tienen dudas sobre la integridad de la información proporcionada en el formulario N-400, sobre antecedentes penales no declarados o sobre posibles inconsistencias documentales deben buscar asesoramiento jurídico calificado antes de que el gobierno los contacte.

La revisión proactiva del historial migratorio, de las declaraciones realizadas en el momento de la naturalización y de la coherencia entre los datos fiscales, penales y administrativos es la forma más eficaz de anticipar vulnerabilidades. En casos sensibles, el asesoramiento jurídico independiente puede determinar la estrategia adecuada, incluida la posibilidad de rectificar registros antes de que se conviertan en objeto de un procedimiento formal.

La naturalización sigue siendo el acto final de una trayectoria migratoria exitosa. Entender, sin embargo, que la ciudadanía concedida no es absolutamente inmune a la revisión estatal forma parte del ejercicio consciente de ese derecho en un entorno de fiscalización cada vez más activo.

Victoria Harper

Editor en jefe

Conoce al autor

Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.

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