Una duda bastante común entre los dependientes TD es si ellos pueden iniciar un negocio propio mientras acompañan el título TN del cónyuge. Es importante entender que cada categoría de visa tiene restricciones específicas respecto al ejercicio de actividades remuneradas, y esta situación merece un análisis cuidadoso para evitar complicaciones con las autoridades de inmigración de los Estados Unidos.
En el caso de la visa TD, concedida a los dependientes de titulares de visa TN, la regla general es que estos dependientes no poseen autorización para trabajar en los EE. UU. Esto significa que, aunque no exista una prohibición explícita de, por ejemplo, invertir en negocios o ser propietario de una empresa, la participación activa en la operación diaria o en la gestión de la empresa puede ser considerada trabajo y, por lo tanto, encuadrar como actividad de empleo no permitida.
Abrir una microempresa como inversor pasivo normalmente no se interpreta como trabajo activo. Sin embargo, si el cónyuge TD desempeña funciones que caractericen empleo -como gestión, prestación de servicios o participación activa en el día a día del negocio-, esto puede ser entendido como ejercicio de actividad remunerada sin la debida autorización. Así, la distinción entre ser un inversor pasivo (por ejemplo, aportando capital y ocasionalmente supervisando la empresa sin responsabilidades de empleo) y ejercer actividad laboral efectiva es de suma importancia.
Reforzamos que el cumplimiento riguroso de las leyes de inmigración es fundamental para no comprometer el estatus de la visa y la posibilidad de futuras solicitudes migratorias. Ante tales matices, se recomienda precaución y la búsqueda de orientación jurídica especializada antes de tomar cualquier decisión. Evitar información no verificada, fraudes o campañas de marketing que prometen resultados milagrosos es esencial para mantener la conformidad con la ley.
En resumen, un cónyuge con visa TD puede invertir y, en cierta medida, ser propietario de una microempresa en los EE. UU., siempre que su participación sea estrictamente pasiva y no implique actividades que caractericen empleo activo. Cada caso puede presentar particularidades, por eso la consulta a especialistas en el área es un paso prudente para asegurar que todas las acciones estén en conformidad con las reglas de inmigración.
Aprende más sobre el Visa TN
- Países elegibles
- Canadá y México (USMCA)
- Duración
- 3 años
- Extensión
- Ilimitada (3 años/vez)
- Procesamiento
- En la frontera o consulado
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Victoria Harper
Editor en jefe
Como periodista y editora líder en Visto n’ Visa, Victoria contribuyó para que los temas de inmigración sean abordados de forma clara, confiável y fácil de entender. Su foco es ofrecer contenido útil, humano y relevante para personas que exploran nuevos caminos en el exterior.