En términos generales, sí. No existe ninguna regla de la visa O-1 que, por sí sola, impida tener pasantes, siempre que se cumplan todas las normas de inmigración y las leyes laborales vigentes. El punto de atención no es su estatus, sino la situación de cada pasante.
Cuando los pasantes son ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes legales o ya cuentan con un estatus que autoriza ese trabajo, habitualmente no existe impedimento.
Se requiere mayor cuidado con los pasantes extranjeros. En ese caso, es fundamental que ellos:
- Cuenten con la autorización de trabajo adecuada para la actividad, o
- Estén inscritos en un programa específico, como la visa J-1, orientada al intercambio y las pasantías.
Incorporar a alguien sin la autorización correcta puede generar problemas legales para todos los involucrados. Dado que las normas de inmigración y de trabajo se entrecruzan aquí, conviene verificar los requisitos actualizados en fuentes oficiales o con un especialista antes de formalizar cualquier acuerdo.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.