En general, sí. Quienes tienen una O-1 suelen poder realizar trabajo voluntario, siempre que la actividad sea genuinamente altruista y no remunerada. Contribuir con una organización sin fines de lucro o con proyectos comunitarios sin recibir pago, en principio, no infringe las condiciones de la visa.
El punto central es que el voluntariado no se convierta, en la práctica, en empleo. La actividad no puede reemplazar un puesto que normalmente sería remunerado ni funcionar como trabajo disfrazado de voluntariado.
Cabe recordar que el enfoque de la O-1 es la actividad realizada para el empleador o agente que patrocinó la petición. Cualquier actividad adicional, aunque no sea remunerada, debe ser coherente con las normas de inmigración.
Como cada situación tiene sus particularidades, antes de asumir un compromiso voluntario consulte con un especialista o en la fuente oficial para confirmar que la iniciativa no pone en riesgo su estatus.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.