Depende de dónde se encuentre usted cuando se aprueba la petición. Con el O-1, la autorización para trabajar entra en vigor a partir de la fecha de inicio indicada en su aviso de aprobación, y no simplemente en la fecha en que se resuelve la solicitud.
Si usted ya está en EE. UU. y su estatus fue cambiado a O-1, el trabajo puede comenzar en la fecha de inicio que consta en el aviso oficial de aprobación, la cual puede ser inmediata según su documentación. Si estaba en el exterior esperando la visa, solo podrá iniciar actividades después de ingresar al país con el O-1 válido y a partir de la fecha indicada en su registro.
- Ya en EE. UU. con estatus O-1: a partir de la fecha de inicio de la aprobación.
- Viniendo del exterior: solo después de ingresar al país con la visa válida.
- En todos los casos, el trabajo sigue vinculado al empleador o agente que patrocinó la petición.
Como cada caso tiene sus particularidades, vale la pena verificar las orientaciones actualizadas del USCIS y confirmar las fechas de su aprobación con un especialista.
Aprende más sobre el O-1
- Requisito
- Habilidad extraordinaria
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- 1 año por vez (ilimitada)
- Procesamiento
- 2-4 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.