En general, sí. El L-1 está vinculado a la relación laboral con la empresa que realizó la transferencia, no a una dirección fija. Si te mudas a otro estado pero sigues en la misma empresa y en la misma función (o en una función similar ya prevista en la petición), el cambio suele tratarse como interno y, en muchos casos, no requiere un nuevo visado.
Se debe prestar más atención cuando el cambio afecta elementos que estaban descritos en la solicitud original, como:
- El lugar de trabajo especificado en la petición.
- La función o el cargo ejercido.
- La estructura organizacional vinculada a la transferencia.
En esos casos, la empresa puede necesitar presentar una petición de modificación (amendment) para informar a las autoridades y mantener todo en conformidad con los términos autorizados.
Como cada situación es única, conviene revisar la petición original y, ante cualquier duda sobre el impacto del cambio, verificar las reglas vigentes en la fuente oficial o buscar orientación especializada antes de mudarse.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.