Sí. En general, quien tiene la L-1 puede invertir en fondos de inversión estadounidenses, porque esto se trata como inversión pasiva y no como trabajo. Comprar participaciones, recibir rendimientos o acumular patrimonio por valorización no constituye empleo y, por sí solo, no afecta el estatus del visado.
La línea que no debe cruzarse es convertir la inversión en una actividad laboral no autorizada. La L-1 te vincula a una función específica en la empresa que realizó la transferencia, por lo que gestionar inversiones de terceros u operar profesionalmente en el mercado sería otra situación. Mantener las inversiones en el ámbito personal y pasivo es lo que preserva el cumplimiento normativo.
También vale la pena prestar atención al aspecto tributario:
- Invertir en Estados Unidos puede generar obligaciones fiscales propias, según el tipo de inversión.
- Tu situación en el país de origen también puede tener implicaciones tributarias.
- Puede ser necesario presentar declaraciones en más de una jurisdicción.
Como cada perfil es único, lo ideal es organizar el aspecto fiscal con apoyo contable y confirmar cualquier duda sobre el estatus con un especialista en inmigración familiarizado con la L-1.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.