No. La visa L-1 autoriza su transferencia dentro de la misma empresa para trabajar en los Estados Unidos, pero es un instrumento migratorio, no tributario. Por sí sola, no otorga ninguna exención de impuestos en su país de origen.
La obligación de pagar impuestos depende principalmente de su estatus de residencia fiscal, que está definido por las leyes de cada país, no por el tipo de visa que usted tenga. Trabajar legalmente en EE. UU. con una L-1 no cambia automáticamente la manera en que su país de origen trata sus ingresos.
En algunas situaciones, es posible tener obligaciones fiscales en ambos países al mismo tiempo, especialmente cuando el país de origen grava los ingresos mundiales de sus residentes. Por otro lado, muchos países mantienen acuerdos para evitar la doble tributación, que pueden reducir o eliminar el cobro sobre los mismos ingresos, según factores como el tiempo de permanencia y la definición de residencia fiscal.
Dado que este tema combina reglas migratorias y de derecho tributario internacional, vale la pena buscar orientación actualizada con un especialista en tributación internacional para entender su caso concreto y evitar sorpresas con el fisco de cualquiera de los países.
Aprende más sobre el L-1
- Tipo
- Transferencia intraempresarial
- Duración
- 1-3 años
- Extensión
- Hasta 5-7 años
- Procesamiento
- 2-5 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.