La H-1B fue creada para que profesionales extranjeros trabajen en ocupaciones especializadas para un empleador estadounidense específico. Por eso, la autorización de trabajo que otorga está estrictamente vinculada al empleador que patrocinó la petición y al puesto aprobado. Dentro de EE.UU., solo puede realizar las actividades autorizadas por ese patrocinador.
Aceptar trabajo o prestar servicios a otro empleador en territorio estadounidense sin la autorización correspondiente constituye una violación de las condiciones del visado. El camino correcto para establecer una nueva relación laboral requiere una nueva petición o los procedimientos formales establecidos, nunca un acuerdo informal en paralelo.
La situación cambia cuando el trabajo se realiza físicamente fuera de EE.UU. para un empleador extranjero. La H-1B regula su actividad en territorio estadounidense; no es la que autoriza ni la que prohíbe un servicio prestado en el exterior a una empresa extranjera. Aun así, ese arreglo queda fuera del alcance de la H-1B y plantea sus propias preguntas en materia de tributación, legislación laboral y contrato que merecen un análisis cuidadoso.
Cada caso tiene sus particularidades, especialmente cuando intervienen ingresos de distintas fuentes o cambios en el lugar de trabajo. Antes de asumir una segunda relación laboral, verifique las reglas actualizadas en la fuente oficial (USCIS) y considere asesoramiento jurídico especializado para no poner en riesgo su estatus.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.