Con el H-1B, es posible tener un negocio paralelo, pero la línea divisoria está en el tipo de participación. La visa está vinculada al empleador que patrocinó la petición, y cualquier trabajo remunerado debe corresponder a lo que fue autorizado bajo ese patrocinio. Ser dueño o inversionista de otra empresa no está prohibido en sí mismo; el cuidado está en no convertir esa participación en un empleo no autorizado.
La distinción central es entre participación pasiva y actuación activa:
- Ser propietario o inversionista de forma pasiva, sin gestionar las operaciones del día a día, en general no entra en conflicto con el H-1B.
- Prestar servicios o trabajar activamente en la propia empresa puede interpretarse como trabajo fuera del alcance de la visa.
- Mantener una separación clara entre el rol de inversionista y la actividad remunerada que sostiene el estatus es lo que reduce el riesgo.
Como cada estructura societaria tiene sus propias particularidades, vale la pena diseñar el arreglo con un especialista antes de comenzar y revisar las orientaciones oficiales del USCIS, para que el negocio paralelo no ponga en riesgo su estatus.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.