En términos generales, no para los costos que, por norma, corresponden al empleador. En el proceso del H-1B, ciertos gastos de la petición se consideran responsabilidad de la empresa y no pueden trasladarse al trabajador, precisamente para no perjudicar al profesional extranjero que depende de la visa.
Por eso, las cláusulas que intentan obligar al beneficiario a reembolsar esos montos suelen interpretarse como incompatibles con las normas laborales y de inmigración. La definición de cuáles costos son obligación del empleador corresponde al Departamento de Trabajo (DOL) y al USCIS.
Existen, sin embargo, situaciones contractuales legítimas en las que se puede acordar algún reembolso, por ejemplo en caso de salida anticipada, siempre que no recaiga sobre los costos obligatorios del empleador y se encuentre dentro de la ley. La línea entre lo que está permitido y lo que es abusivo es delicada.
Antes de firmar, conviene leer la cláusula con atención y confirmar los límites en las fuentes oficiales (DOL y USCIS) o con un profesional especializado, para evitar disposiciones que puedan considerarse una violación de las normas aplicables.
Aprende más sobre el H-1B
- Validez inicial
- 3 años
- Extensión
- Hasta 6 años total
- Cupo anual
- 85.000 visas
- Procesamiento
- 6-12 meses
Sobre el autor
Victoria Harper
Editora en jefe
Como periodista y editora líder de Visto n’ Visa, Victoria contribuye a que los temas de inmigración se aborden de forma clara, confiable y fácil de entender. Su enfoque es ofrecer contenido útil, humano y relevante para las personas que exploran nuevos caminos en el extranjero.